Legal

EL SUSCRITO REPRESENTANTE LEGAL DE TREEBU LATAM

 CERTIFICA:

Que para la inscripción en las ESAL de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 7° de la Resolución 0019 del 28 de marzo de 2018 nos permitimos relacionar a continuación los requisitos para el registro web según lo establece los parágrafos 2 y 4 del artículo 364-5 del Estatuto Tributario y autorizamos la publicación de los siguientes datos:

  1. La denominación, la identificación y el domicilio de la entidad.

TREEBU LATAM, identificada con el número de NIT 901.601.983-2, se desempeña como persona jurídica con actividades según la clasificación CIIU 8899 (Otras actividades de asistencia social sin alojamiento n.c.p.) y 7020 (Actividades de consultoría de gestión). Es una Entidad Sin Ánimo de Lucro (ESAL) que fue constituida como fundación el 01 de junio de 2.022 por documento privado, se encuentra inscrita en Cámara y Comercio de Bogotá bajo matricula mercantil S0061044 el 07 de junio de 2022. Tiene domicilio principal en Bogotá, D.C., Cl 159 7 74, teléfono 3202265965. La fundación está bajo la inspección, control y vigilancia de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

  • La descripción de la actividad meritoria.

El objeto principal de TREEBU LATAM es propender por el desarrollo Integral de las madres, mujeres, niños y familias en sus aspectos sociales, políticos, artísticos, culturales, económicos, de salud, legales y educativos, con el fin de mejorar su condición y posición social, contribuyendo a su vez a la construcción de una sociedad más equitativa, participativa y con mayor liderazgo.

  • El monto y el destino de la reinversión del beneficio o excedente neto, cuando corresponda.

Este ha quedado estipulado en el artículo 4, capítulo II de los estatutos que rigen a TREEBU LATAM, en el cual estipula que los aportes realizados a la fundación no son reembolsables bajo ninguna modalidad y no generan derecho a retorno para el aportante, ni directa ni indirectamente durante su existencia, ni en su disolución y liquidación

El patrimonio está afectado al cumplimiento de la actividad meritoria expresada, por lo que sus excedentes no podrán ser distribuidos bajo ninguna modalidad, ni directa, ni indirectamente, durante su existencia, ni en su disolución y liquidación.

Los resultados financieros de la Fundación Potrero del Rio del año 2023 reflejan un excedente neto de $9.040.000. Para que este excedente sea exento de pagar el 20% de impuesto sobre la renta, la Fundación, en su condición de entidad sin ánimo de lucro del Régimen Tributario Especial, debe cumplir con el requisito de reinvertir sus excedentes en las actividades meritorias del objeto social ó la constitución de asignaciones permanentes, entre otros requerimientos legales. Por lo tanto, teniendo en cuenta:

•          Que el beneficio neto o excedente de las entidades del Régimen Tributario Especial del impuesto sobre la renta y complementarios del Art 19 del Estatuto Tributario, se determina de conformidad con lo dispuesto en el ART. 357 del Estatuto Tributario. Así, en consideración a las modificaciones realizadas por el Art. 150 de la ley 1819 de 2016 al Art. 358 del Estatuto Tributario, dando cumplimiento a la norma, se debe precisar la determinación del beneficio neto o excedente, así como el alcance de las inversiones, el momento de su constitución y liquidación.

•          Que según el inciso 4 del Art. 360 del Estatuto Tributario, modificado por el Art. 153 de la ley 1819 de 2016, las asignaciones permanentes no podrán tener una duración de más de 5 años y deberán invertirse en el desarrollo de la actividad meritoria contemplada en el objeto social, en virtud de la cual la entidad fue calificada en el Régimen Tributario Especial.

•          Que, en cumplimiento de dichos preceptos legales y reglamentarios, la Asamblea General de Miembros, como máximo órgano directivo de la Fundación, debe aprobar y dejar constancia mediante acta, la destinación del excedente obtenido en el período gravable del año 2023, a saber: la cantidad de NUEVE MILLONES CUARENTA MIL PESOS M/CTE. ($9.040.000).

•          Que la determinación del excedente obtenido en el periodo gravable para el año 2023 se estableció de conformidad con el Estado de Situación Financiera y el Estado de Actividades de la Fundación del año en mención. Y su Representante Legal en ejercicio de las facultades estatutarias consignadas en el capítulo V, Artículo 37, Numeral 37.11, presentó a la Asamblea General de Miembros la destinación del excedente correspondiente al año 2023, según el Estado de Situación Financiera y el Estado de Actividades de ese periodo, de acuerdo con el detalle relacionado a continuación:

TREEBU LATAM

PROYECTO DESTINACIÓN DE EXCEDENTES AÑO 2023
Total Excedentes de Ejercicio 2023$9.040.000
Fondo Proyectos de Empoderamiento Femenino       $4.520.000
Fondo Proyecto Mujeres Víctimas de Conflicto Armado        $1.808.000
Fondo para Proyecto de Bienestar Social        $2.712.000

En consecuencia, la Asamblea General de Miembros de la TREEBU LATAM aprobó de manera unánime la propuesta de destinación del excedente correspondiente al año 2023 elaborada por el representante Legal. Los excedentes del periodo fiscal en las categorías expuestas anteriormente se ejecutarán durante los siguientes cinco años. Lo anterior, en cumplimiento de lo estipulado en el numeral 1 del artículo 1.2.1.5.1.27 del decreto 2150 de 2017.

  • El monto y el destino de las asignaciones permanentes que se hayan realizado en el año y los plazos adicionales que estén autorizados por el máximo órgano social, cuando corresponda.

No aplica.

  • Los nombres e identificación de las personas que ocupan cargos gerenciales, directivos o de control.

Dirección General                           María Alejandra González Echeverri

  • El monto total de pagos salariales a los miembros de los cuerpos directivos, sin obligación de discriminar los pagos individuales.

No aplica.

  • Los nombres e identificación de los fundadores.

Adriana del Socorro Echeverri Rojas                                     C.C.        31.927.870

Carlos Arturo González Salazar                                             C.C.        16.697.417

María Alejandra González Echeverri                                     C.C.        1.144.048.513

  • El monto del patrimonio.

Valor Patrimonio año 2.023                                              $23.046.929

  • En caso de recibir donaciones, la identificación del donante y el monto de la donación, así como la destinación de la misma y el plazo proyectado para el gasto o la inversión. Para tales efectos se entiende que la donación a una entidad del Régimen Tributario Especial es una autorización de publicar los datos que contiene el registro.

No aplica.

  1. Cuando las donaciones se perciban en eventos colectivos, sin que sea posible la identificación particular de los donantes, se deberá inscribir el monto total percibido, la fecha y la destinación del mismo.

No aplica.

  1. Un informe anual de resultados que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad.

https://drive.google.com/file/d/10LaP5rn0lTM-Vx_CbF-pS27zemp3VF69/view?usp=sharing

  1. Los estados financieros de la entidad.

https://drive.google.com/file/d/1-E2sQdrThjMo4bo6fny6bUDCS1xB6DXB/view?usp=sharing

  1. El certificado del representante legal o revisor fiscal, junto con la declaración de renta donde se evidencie que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año, cuando corresponda.

https://drive.google.com/file/d/1F04xAwfEh4-Fe2mIBTkhk-AQ_AFrZA_m/view?usp=sharing

  1. Los recursos de cooperación internacional no reembolsable que reciban o ejecuten.

No aplica.

La presente certificación se expide a solicitud expresa de la DIAN, dando cumplimiento al artículo 364-5 del Estatuto Tributario.

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Maria Alejandra González Echeverri                     Angélica Méndez Vivas

C.c. 1.144.048.513 de Cali                                       C.c. 1.111.199.840 de Mariquita

Representante Legal                                               T.P. 267688 – T

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